Agricultura, Ganadería y Pesca
Pesca y Acuicultura
Formación Náutico-Pesquera en la Región de Murcia
Por el Real Decreto 523/1999, de 26 de Marzo las funciones y servicios de la Administración del Estado han sido transferidas a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en relación a la autorización de los centros de enseñanza profesional náutico-pesquera y la expedición de tarjetas correspondientes a todas las titulaciones profesionales náutico-pesqueras, así como las convalidaciones correspondientes.
La Orden de 10 de Enero de 2003, de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente regula la expedición, renovación y convalidación de las tarjetas profesionales náutico pesqueras, que habilitan para el ejercicio de la profesión en buques pesqueros.
El Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero, es la norma básica en materia de titulaciones del sector pesquero, refunda la dispersa normativa existente e incorpora al acervo jurídico español el Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para el personal de los buques pesqueros, hecho en Londres el 7 de julio de 1995. Los títulos vigentes son los siguientes:
Capitán de pesca
Patrón de altura
Patrón de litoral
Patrón costero polivalente
Patrón local de pesca
Mecánico mayor naval
Mecánico naval
Marinero pescador
En la actualidad en la Región de Murcia hay centros de enseñanza homologados, públicos y privados, que imparten cursos sobre las siguientes titulaciones profesionales náutico-pesqueras: Patrón Local de Pesca, Patrón Costero Polivalente y Marinero Pescador. El Servicio de Pesca y Acuicultura convoca exámenes a demanda de los centros con el objeto de certificar la superación de las materias que permitan la expedición de la tarjeta de identidad profesional correspondiente.
El Servicio de Pesca y Acuicultura expide, renueva y revalida las tarjetas de identidad profesional de todos los títulos vigentes, atendiendo al procedimiento nº 1878 (Tarjetas de identidad profesional náutico-pesqueras) de la Guía de Procedimientos y Servicios de la CARM, donde se centraliza toda la información en relación a éste, y recogido en la carta de servicios del Servicio de Pesca y Acuicultura.
La expedición de tarjetas lleva asociada la liquidación de la tasa de código T150, siendo de la misma cantidad para la expedición, renovación o revalidación/convalidación, y de menos del 30% de dicha cantidad para el duplicado de la misma. La cantidad a abonar se publica anualmente por la Consejería de Hacienda atendiendo a la Ley Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el ejercicio corriente y al Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.