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Política Social, Familias e Igualdad
Legislación

Violencia de género

Resolución de 20 de septiembre de 2018, de la Directora General de Mujer e Igualdad de Oportunidades por la que se regula la iniciativa ministerial "Empresas por una sociedad libre de Violencia de Género" año 2018

BORM nº 221 de 24 de septiembre de 2018

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

Vigencia: desde el 24 de septiembre de 2018

TEXTO COMPLETO

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad propone la firma por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades del protocolo “Empresas por una sociedad libre de Violencia de Género”. Su objeto, según su Cláusula Primera, es articular la colaboración entre el Ministerio y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para “promover la sensibilización social contra la violencia de género, y la inserción laboral de mujeres que han sufrido violencia de género en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia”, comprometiéndose esta comunidad autónoma, para ello, a favorecer la adhesión de las empresas a la iniciativa del Ministerio Empresas por una Sociedad Libre de Violencia de Género, puesta en marcha en 2012 por el mencionado Ministerio.

Por su parte, en lo que se refiere a nuestra Comunidad Autónoma, el artículo 44 de la Ley 7/2007, de 4 de abril para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y de Protección contra la Violencia de Género en la Región de Murcia dispone que “la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el ámbito de sus competencias, participará con las personas responsables de las empresas y agentes sociales en el fomento de medidas dirigidas a la prevención de la violencia de género en el ámbito laboral”. Asimismo, su artículo 50 relativo a la inserción laboral, establece en su apartado 2 que “la Administración de la Región de Murcia fomentará la contratación laboral de las víctimas de violencia de género, así como su constitución como trabajadoras autónomas o como miembros de sociedades, de acuerdo con lo que se determine reglamentariamente”.

Para dar cumplimiento a estas disposiciones legales, así como al Real Decreto 1917/2008, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el programa de inserción sociolaboral para mujeres víctimas de violencia de género, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia elaboró en 2010 un protocolo de inserción sociolaboral para mujeres víctimas de violencia de género en el que intervenía de manera coordinada los departamentos competentes en materia de empleo y de atención a la violencia de género. Con posterioridad, el Protocolo de Coordinación SEF-Dirección General de Mujer, para mejorar la inserción sociolaboral de mujeres víctimas de violencia de género de la Región de Murcia, fue actualizado y firmado el 25 de abril de 2016.

De acuerdo con lo anterior, por parte de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, en uso de las competencias atribuidas por el artículo 16.2.q) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el 13 de septiembre de 2018 se aprobaron los modelos tipo de Protocolo General entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Anexo II y III), a través de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, y las empresas para, por un lado, promover la sensibilización y concienciación social contra la violencia de género y, por otro lado, promover la sensibilización sobre la violencia de género y la inserción laboral de las víctimas, en ambos casos en el marco de la iniciativa “Empresas por una Sociedad Libre de Violencia de Género.

La presente convocatoria supone un paso adelante en la sensibilización social contra la Violencia de Género y en la mejora de la inserción sociolaboral de mujeres víctimas de esta violencia, en la línea marcada por el mencionado protocolo de 2016, ya que promueve la implicación de las empresas murcianas en la importante tarea de sensibilizar contra este tipo de maltrato y el compromiso de insertar laboralmente a la mujeres víctimas de violencia en de su empresa. Se trata, por tanto, de que la Comunidad Autónoma avance en el refuerzo de la colaboración del sector empresarial en la lucha contra la violencia de género, haciéndolo partícipe de las acciones de sensibilización y de cuantas medidas y ayudas a la contratación de mujeres víctimas de violencia se puedan acoger.

La competencia para la tramitación de la adhesión a la iniciativa “Empresas por una sociedad libre de Violencia de Género” de la Región de Murcia, tal y como establece el Decreto del Presidente n.º 2/2018, de 20 de abril, de reorganización de la Administración Regional, corresponde a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades ya que es el departamento al que corresponde la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de políticas de la mujer, donde se ha de incluir la lucha contra la violencia de género. A su vez, y dentro de dicha Consejería, corresponde a la Dirección General de Mujer e Igualdad de Oportunidades el impulso, seguimiento, evaluación las medidas relativas a la sensibilización, prevención y atención integral a las mujeres víctimas de violencia de género, de acuerdo con el artículo 5 del Decreto n.º 74/2017, de 17 de mayo, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por lo que será es este órgano directivo el encargado de realizar la convocatoria y tramitación para la adhesión de las empresas en la iniciativa “Empresas por una sociedad libre de Violencia de Género”.

De acuerdo con el modelo de protocolo tipo aprobado (Anexo II y III), la Comunidad Autónoma se compromete a promover dentro de su territorio la adhesión de empresas a la iniciativa Empresas por una Sociedad Libre de Violencia, para favorecer la sensibilización social frente a la violencia contras las mujeres y la inserción laboral de mujeres víctimas de violencia de género. Asimismo, se compromete a remitir, semestralmente, a la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género los datos relativos al número de empresas que se adhieran a la iniciativa, las acciones de sensibilización que se realicen a su amparo, y el número de mujeres insertadas laboralmente y las modalidades contractuales utilizadas.

Todas las empresas que se adhieran a la iniciativa llevarán a cabo actuaciones de sensibilización en materia de violencia de género, a través de su página web y redes sociales, en soportes físicos, etc, tanto dentro como fuera de la propia empresa. Ello contribuirá a mejorar la prevención y a difundir los recursos puestos a disposición de las mujeres que sufren violencia de género y de sus hijos e hijas menores.

En virtud, de conformidad con la normativa mencionada

Resuelvo:

Primero.- Convocar la 1.ª edición de adhesión a la iniciativa “Empresas por una sociedad libre de Violencia de Género”, de la Región de Murcia para el año 2018.

Segundo.- Que el plazo de presentación de las solicitudes de adhesión estará abierto hasta el 7 de octubre de 2018.

Tercero.- Que en las solicitudes de adhesión se haga constar si se opta por la modalidad de Sensibilización o la Sensibilización + Inserción (Anexo I).

Cuarto.- Que la solicitud se encuentra disponible en el apartado “Modelos de solicitud” y deberá cumplimentarla para presentarla Entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,OCAE Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano, con función de registro. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Quinto.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia para general conocimiento.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación el BORM, en los términos previstos en la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.

La Directora General de Mujer e Igualdad de Oportunidades, Alicia Barquero Sánchez.

 

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Fecha: 25/02/2020

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Contenidos Asociados:

Anexo I. Modelo de solicitud de adhesión

(Documento [.pdf] 181,57 KB)

Anexo II. Protocolos de adhesión

(Documento [.pdf] 176,24 KB)