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Menor y Familia
Normativa

Mujer e igualdad

Orden de 3 de diciembre de 2020, de la Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, por la que se constituye el Observatorio de Igualdad en la CARM y se nombran a las personas que lo componen

BORM número 287 de 12 de diciembre de 2020

Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social

Vigencia: desde el 3 de diciembre de 2020

TEXTO COMPLETO

El Decreto 4/2020, de 30 de enero, por el que se regula la Composición, Organización y Régimen de Funcionamiento del Observatorio de Igualdad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM 29 de 5 de febrero de 2020), en su disposición adicional segunda establece que, seleccionadas las asociaciones o federaciones y notificada su inclusión en el Observatorio, se procederá a su nombramiento. Mediante sorteo público realizado el 16 de noviembre de 2020, se seleccionaron dichas entidades.

Asimismo se dispone que iniciará el cómputo del periodo de cuatros años, a que se refiere el apartado 6 del artículo 4 del mencionado Decreto, la fecha en la que se produzca tal nombramiento.

En la disposición adicional tercera se determina que la constitución del Observatorio de Igualdad, así como la designación y nombramiento de sus componentes, se efectuará por Orden de quien ostente la titularidad de la Consejería competente en materia de mujer. En la actualidad, dicha competencia viene asignada a la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 29/2019, de 31 de julio, de reorganización de la Administración Regional.

Las personas componentes del Observatorio de Igualdad serán nombradas por un periodo de cuatro años.

En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias conferidas por el artículo 25.4 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre de organización y régimen jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y del Decreto 31/2019, de 31 de julio, de nombramiento,

Dispongo:

Primero.- Proceder al nombramiento de las personas componentes del Observatorio de Igualdad, previsto en el Decreto n.º 4/2020, de 30 de enero, por el que se regula la Composición, Organización y Régimen de Funcionamiento del Observatorio de Igualdad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que se incluyen como anexo I a la presente Orden.

Segundo.- Las personas componentes del Observatorio son nombradas por un período de cuatro años a partir de la fecha de firma de este nombramiento.

Tercero.- Dar por constituido el Observatorio de Igualdad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Cuarto.- La presente Orden surtirá efectos desde la fecha de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

La presente Orden agota la vía administrativa, y frente a la misma las personas interesadas pueden interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante la titular de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social en el plazo de un mes, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer recurso ante la sala de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, computados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BORM.

En Murcia, 3 de diciembre de 2020. La Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, Isabel Franco Sánchez.

Formato: documento pdf

Tamaño: 0,77 MB

Fecha: 15/12/2020

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