Trabajo y Empleo
Conciliaciones Laborales
Régimen Jurídico de la Declaración de huelga
RÉGIMEN JURÍDICO GENERAL PARA LOS TRABAJADORES POR CUENTA AJENA.
- ARTÍCULO 28.2 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA: Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad".
- ARTÍCULO 10 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA:
1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la Ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.
- CÓDIGO PENAL. TÍTULO XV.DE LOS DELITOS CONTRA LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES. Artículo 315.3.
Las mismas penas del apartado segundo se impondrán a los que, actuando en grupo, o individualmente pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga.
- REAL DECRETO-LEY 17/1977, DE 4 DE MARZO, SOBRE RELACIONES DE TRABAJO
- SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE 8/4/1981
RÉGIMEN JURÍDICO PARA LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS.
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ART. 103.3 CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA.
La Ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.
- ART. 409 DEL CÓDIGO PENAL.
A las autoridades o funcionarios públicos que promovieren, dirigieren u organizaren el abandono colectivo y manifiestamente ilegal de un servicio público, se les castigará con la pena de multa de ocho a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.
Las autoridades o funcionarios públicos que meramente tomaren parte en el abandono colectivo o manifiestamente ilegal de un servicio público esencial y con grave perjuicio de éste o de la comunidad, serán castigados con la pena de multa de ocho a doce meses.
NORMATIVA DE LA CARM.
Huelga - Cierre Patronal (9. Conflictos Colectivos)
- Registro y Guía de Procedimientos y Servicios
- Impugnación del acta
- MODELO para demandar la ejecución del ACUERDO
- Ejecución del acta de conciliación laboral
- Sobre notificaciones electrónicas: Artículo 43 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública
- Tramitación presencial de la papeleta
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Tramitación telemática de la papeleta
- Acceso a la papeleta electrónica
- A partir del día 25 de octubre de 2019, el solicitante en la papeleta de conciliación recibirá mediante correo electrónico (el que aparece en ésta) un mensaje con el número de expediente y confirmación de CITA , debiendo acusar recibo si así se le indica
- Suspensión de nuevas peticiones para conciliaciones "adelantadas"
- 8. Otros datos de interés
- Novedades
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Estadísticas
- Evolución de las conciliaciones desde el año 2007 al 2015
- Conciliaciones anuales Murcia y Cartagena 2017
- Conciliaciones anuales Murcia y Cartagena 2018
- Anuales Murcia 2019
- Estadísticas Conciliación Cartagena 2019
- Estadística de mediación, arbitraje y conciliación del Ministerio de Empleo y Seguridad Social
- Lugar de celebración de las conciliaciones laborales
- 9. Conflictos Colectivos