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Instituto de Seguridad y Salud Laboral

Presentación

El día 10 de julio de 2013, se publicó en el BORM la Ley 6/2013, de 8 de julio, de medidas en materia tributaria del sector público, de política social y otras medidas administrativas.

El Titulo II regula determinadas cuestiones relativas al proceso de reordenación del sector público regional, en concreto la extinción de varios entes públicos, entre los que se encuentra el organismo autónomo Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia, siendo sus funciones asumidas por la Consejería competente en materia de seguridad y salud laboral. Esta ley deja sin efecto, la Ley 1/2000 de creación del Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia, excepto la sección II del capítulo II, “De la Comisión Regional de Seguridad y Salud Laboral”, en tanto en cuanto no se apruebe mediante decreto el nuevo órgano consultivo que lo sustituya.

Como consecuencia de ello, el Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia, ha dejado de ser un organismo autónomo, para pasar a ser una unidad administrativa dependiente de la Dirección General de Trabajo, con rango de Subdirección General, según el Decreto nº 91/2013 de 26 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación, Universidades y Empleo.

En definitiva, se producen modificaciones estructurales y de dependencia orgánica, pero el Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia continúa prestando los mismos servicios y en la misma localización que antes de la entrada en vigor de la citada Ley 6/2013.