Bachillerato de Artes: cursar materias pendientes en un centro de la localidad del alumnado
El alumnado que curse Bachillerato en la modalidad de Artes en un centro docente fuera de su localidad de residencia y tenga materias pendientes de superación podrá finalizar estos estudios cursando dichas materias en un centro de su localidad de residencia, siempre que se cumpla las condiciones establecidas en el artículo 39 de la Orden 5 de mayo de 2016, de la Consejería de Educación y Universidades por la que se regulan los procesos de evaluación en la Educación Secundaria Obligatoria y en el Bachillerato en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia:
Estar matriculado en un centro docente autorizado para impartir las enseñanzas de Bachillerato en la modalidad de Artes ubicado fuera de la localidad de residencia del alumno.
No haber agotado el plazo máximo de permanencia en la etapa.
Tener entre una y tres materias pendientes de superación que sean troncales y comunes a todas las modalidades.
La existencia en la localidad de residencia del alumno de un centro docente en el que se impartan las materias a cursar.
La solicitud ha de ir dirigida a la dirección general competente en materia de ordenación académica y debe realizarse según el siguiente procedimiento:
Los padres, madres, tutores legales o el propio alumno, si es mayor de edad, presentarán antes del inicio de las actividades lectivas una solicitud en el centro docente en el que el alumno esté matriculado de Bahcillerato en la modalidad de Artes. En dicha solicitud, que se acompañará de un certificado de residencia o empadronamiento, se indicará el centro docente en el que se desean cursar las materias pendientes de superación.
El centro docente receptor de dicha solicitud remitirá a la citada dirección general la siguiente documentación:
- La solicitud y el certificado de residencia o empadronamiento.