Yo me vacuno Ayuda DANA. Nuestros vecinos nos necesitan
Contenido principal

Empresa, Empleo y Economía Social
Comercio

Comercio en General

  1. ¿Qué es la actividad comercial en régimen de franquicia?
  2. ¿Qué es la venta ambulante o no sedentaria?
  3. ¿Qué es un comercio minorista de alimentación?
  4. ¿Qué es una venta con pérdida?

  1. ¿Qué es la actividad comercial en régimen de franquicia?

    Es la actividad que se lleva a efecto en virtud de un acuerdo o contrato por el que una empresa, denominada franquiciadora, cede a otra, denominada franquiciada, el derecho a la explotación de un sistema propio de comercialización de productos o servicios.

  2. ¿Qué es la venta ambulante o no sedentaria?

    Es la realizada por comerciantes, fuera de un establecimiento comercial permanente, de forma habitual, ocasional, periódica o continuada, en los perímetros o lugares debidamente autorizados en instalaciones comerciales desmontables o transportables, incluyendo los camiones-tienda. En todo caso, la venta no sedentaria únicamente podrá llevarse a cabo en mercados fijos, periódicos u ocasionales así como en lugares instalados en la vía pública para productos de naturaleza estacional.

  3. ¿Qué es un comercio minorista de alimentación?

    Es todo establecimiento donde se realiza la venta al por menor al comprador final de productos alimenticios destinados al consumo humano, incluyendo las bebidas y cualesquiera sustancias que se utilicen en la preparación o condimentación de los alimentos.

  4. ¿Qué es una venta con pérdida?

    Es la venta prohibida, tanto mayorista como minorista, cuando el precio aplicado a un producto sea inferior al de adquisición según factura, deducida la parte proporcional de los descuentos que figuren en la misma, o al de reposición si éste fuese inferior a aquél o al coste efectivo de producción si el artículo hubiese sido fabricado por el propio comerciante, incrementados, en las cuotas de los impuestos indirectos que graven la operación. No se computarán, a los efectos de la deducción en el precio a que se refiere el párrafo anterior, las retribuciones o las bonificaciones de cualquier tipo que signifiquen compensación por servicios prestados. Puede realizarse cuando, el comerciante tenga por objetivo alcanzar los precios de uno o varios competidores con capacidad para afectar, significativamente, a sus ventas, o se trate de artículos perecederos en las fechas próximas a su inutilización.