El proceso arbitral en materia electoral se encuentra previso y regulado en el artículo 76 del Estatuto de los Trabajadores como un procedimiento administrativo ágil para la resolución del conflicto surgido con ocasión de la elección de representate/s de los trabajadores (delegados de personal o comité de empresa y juntas de personal) en el centro de trabajo o empresa y administraciones públicas (reclamaciones electorales).
A la Oficina Pública de Elecciones (Servicio de Relaciones Laborales) le corresponde la recepción de los escritos impugnatorios y facilitación al órgano arbitral del expediente para que éste dicte LAUDO.
En este menú podrá encontrar un catálogo de dichos laudos ordenados por FECHAS de emisión y CAUSAS de impugnación, las cuales se han sistematizado en seis grupos:
Promoción de elecciones
Circunscripción electoral
Censo de trabajadores
Mesa electoral
Candidaturas
Votación y desginación de representantes
Algunos de los laudos se han recogido en dos o más causas para su mejor localización.
Los textos del laudo han sido tratados para ocultar nombres de personas físicas, lo que no altera en ningún caso la autenticidad de la doctrina arbitral ni la exposión de los hechos.
(*) Puede buscar en cada pantalla pulsando en su teclado la función F3