Empresa, Empleo y Economía Social
Conciliaciones Laborales
Impugnación del acta
De acuerdo con el artículo 67 de la Ley reguladora de la Jurisdicción social, el acuerdo de conciliación puede ser impugnado conforme a las siguientes reglas:
Quienes: Solo las partes, y quienes pudieran sufrir perjuicio por el acuerdo
Plazo: Se podrá impugnar por las partes dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha del acta, siendo plazo de caducidad. Por los perjudicados, desde que pudieron conocer al acuerdo.
Órgano competente: Deberá realizarse la impugnación ante el juzgado de lo social que corresponda territorialmente.
Acción que se ejercita: De nulidad del acuerdo o acta, fundamentado en vicios del consentimiento (violencia, intimidación, error, dolo), falsedad de la causa, o defecto de capacidad (art. 1300 CC) De ilegalidad o lesividad, por los perjudicados.
Conciliaciones Laborales
- Ejecución del acta de conciliación laboral
- Estadística de mediación, arbitraje y conciliación del Ministerio de Empleo y Seguridad Social
- Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) 2009
- Conciliaciones efectuadas en 2013 en la Región de Murcia
- Sobre notificaciones electrónicas: Artículo 43 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública
- Conciliaciones efectuadas en 2014 en la Región de Murcia
- Conciliaciones efectuadas en 2015 en la Región de Murcia
- Impugnación del acta
- MODELO para demandar la ejecución del ACUERDO
- Listado por fecha de presentación de Actas de Elecciones Provisionales
- Listado alfabético de Actas de Elecciones Provisionales
- 8. Otros datos de interés
- 9. Conflictos Colectivos
- Lugar de celebración de las conciliaciones laborales
- Novedades
- Tramitación presencial de la papeleta
-
Tramitación telemática de la papeleta
- Acceso a la papeleta electrónica
- A partir del día 25 de octubre de 2019, el solicitante en la papeleta de conciliación recibirá mediante correo electrónico (el que aparece en ésta) un mensaje con el número de expediente y confirmación de CITA , debiendo acusar recibo si así se le indica
- Suspensión de nuevas peticiones para conciliaciones "adelantadas"
- Estadísticas