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Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027

Intervención 6501.6. Mantenimiento o mejora para hábitats y actividades agrarias tradicionales que preserven la biodiversidad. Medida 2: Viñedo Viejo

Descripción

Esta ayuda está dirigida a algunos de los ecosistemas más diversos y más ricos biológicamente, pero a la vez, particularmente frágiles y vulnerables. El viñedo tradicional tiene un gran interés agroecológico, ya que contribuye a la preservación de la flora y fauna asociada al cultivo de la viña. Así pues, gracias a éstas zonas de vegetación espontánea, así como al propio porte y frondosidad de la viña, propician un microclima y una fuente de alimentos que atraen a diversas especies como liebres, conejos, zorros, tejones y otros mustélidos, aves migratorias, etc.

Objetivos

La intervención SIGC 6501.6 “Mantenimiento o mejora de hábitats y de actividades agrarias tradicionales que preserven la biodiversidad, relativa a Viñedo Viejo” en la Región de Murcia responde a los objetivos específicos de la PAC OE5 “Promover el desarrollo sostenible y la gestión eficiente de recursos naturales como el agua, el suelo y el aire, incluyendo la reducción de la dependencia química” y el OE6 “Contribuir a detener y revertir la pérdida de biodiversidad, potenciar los servicios relacionados con los ecosistemas y conservar los hábitats y los paisajes”.

Prima de la ayuda

100 €/ha.

Requisitos de los solicitantes

De forma general, podrán solicitar esta ayuda en el ámbito de la CARM los agricultores que sean titulares de explotaciones agrarias situadas total o parcialmente en la Región de Murcia y estén inscritas en el Registro de explotaciones la CARM.

Además de cumplir con los requisitos generales para ser beneficiario (establecidos en el artículo 6 de las bases reguladoras de estas ayudas), el solicitante deberá cumplir los siguientes objetivos específicos:

a) El beneficiario debe ser titular de una explotación agraria de vid para vinificación, inscrita a su nombre en el Registro Vitícola como “Viñedo con autorización de plantación”, en el momento de finalizar el plazo de presentación y perteneciente a cualquiera de las Denominaciones de Origen de la Región de Murcia.
b) Las cepas deben tener un buen estado sanitario y agronómico, el sistema de conducción debe ser en vaso y el régimen de cultivo en secano.
c) La plantación de las vides debe ser de al menos 20 años, y la superficie de la explotación, superior a 0,1 hectáreas.
d) Deberán contar con dirección técnica de la explotación, ejercida por un profesional que como mínimo será competente para asesorar sobre los compromisos de la línea de ayudas.

Convocatorias y plazo de presentación de solicitudes

Conforme al artículo 108 del Real Decreto 1048/2022 el plazo de presentación de la solicitud única para el año 2023 se iniciará el 1 de marzo y finalizará el día 31 de mayo del mencionado año, ambos inclusive. A partir del año 2024 el plazo se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada año.

Servicio gestor

Servicio de Mejora del Entorno Rural