Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027
Intervención 7202.0. Ayuda para contribuir a la obtención de servicios de asesoramiento al sector agrícola
Descripción
El Sistema de Conocimiento e Innovación en Agricultura (SCIA), AKIS por sus siglas en inglés, es la organización combinada y flujos de conocimientos entre personas, organizaciones e instituciones que usan y generan conocimientos para utilizarlos en la agricultura y los ámbitos relacionados. Cualquiera que produzca o use conocimiento relacionado con el sector agroalimentario y las comunidades rurales es parte del AKIS: productores, asesores y entidades de asesoramiento, centros de formación, centros tecnológicos, administraciones públicas, empresas de servicios del sector, medios de comunicación, consumidores y ciudadanos.
El intercambio de conocimientos e información, enmarcado dentro del sistema AKIS, juega un papel clave en la modernización del sector agrario y en el fortalecimiento de la Política Agraria Común (PAC). Los servicios de asesoramiento agrícola deben integrarse en el AKIS, abarcando aspectos económicos, medioambientales y sociales, y proporcionando información tecnológica y científica actualizada, generada a partir de la investigación y la innovación. Esta intervención es fundamental para lograr un enfoque integrado de modernización, innovación y conocimiento.
El intercambio de conocimientos e información es una intervención transversal en el desarrollo rural, contribuyendo no solo a casi todos los objetivos específicos, sino también al objetivo transversal de modernizar el sector agrícola mediante la promoción y adopción del conocimiento, la innovación y la digitalización en las zonas rurales.
La evaluación de los documentos iniciales sobre los diferentes objetivos específicos y transversales del Plan Estratégico de la PAC reveló debilidades en la matriz DAFO, lo que subraya la necesidad de potenciar y mejorar el intercambio de conocimientos e información.
Las ayudas disponibles están destinadas a facilitar el intercambio de conocimientos e información en empresas agrícolas, agroalimentarias, forestales y rurales, así como en la protección de la naturaleza, el medio ambiente y el clima, especialmente en actividades de sensibilización y educación medioambiental. Estas ayudas pueden cubrir los costos de cualquier acción que promueva el asesoramiento, contribuyendo al logro de los objetivos tanto transversales como específicos.
Para responder a las recomendaciones y necesidades identificadas, la intervención se concretará en las siguientes acciones:
- Ayudas para la obtención de servicios de asesoramiento.
- Ayudas para la creación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento.
- Ayudas para la prestación de servicios de tutorización.
Objetivos
La intervención propuesta para el desarrollo rural se centra en mejorar la orientación al mercado y aumentar la competitividad de las explotaciones agrícolas, tanto a corto como a largo plazo, prestando especial atención a la investigación, la tecnología y la digitalización. Estos objetivos se alinean con la necesidad de fomentar la I+D+i, la digitalización y el asesoramiento, elementos fundamentales para impulsar la innovación en el sector.
Además, se busca contribuir a la adaptación y mitigación del cambio climático mediante la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, la mejora de la captura de carbono y la promoción de la energía sostenible. La transferencia de conocimientos en estas áreas, así como en la protección de la biodiversidad, es esencial para detener e invertir la pérdida de biodiversidad, potenciar los servicios ecosistémicos y conservar los hábitats y paisajes.
El objetivo transversal de modernizar el sector agrario se apoya en la promoción y adopción del conocimiento, la innovación y la digitalización en las zonas rurales, lo que se refleja en la necesidad de fortalecer la formación, divulgación y transferencia de conocimiento, tanto en bioeconomía como en silvicultura sostenible. Este enfoque integrado también promueve el empleo, el crecimiento, la igualdad de género y la inclusión social, con especial énfasis en la mejora de los colectivos en riesgo de exclusión social.
Para lograr estos objetivos, es crucial integrar el asesoramiento agrícola dentro del sistema AKIS, asegurando que cubra las dimensiones económicas, medioambientales y sociales, y que proporcione información tecnológica y científica actualizada. El intercambio de conocimientos e información, apoyado por una red sólida de actores AKIS, es fundamental para alcanzar un desarrollo rural inclusivo y resiliente, donde la modernización y la sostenibilidad sean los pilares del progreso en las zonas agrícolas y rurales.
En este contexto, las ayudas propuestas para la obtención de servicios de asesoramiento, la creación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento, así como para la prestación de servicios de tutorización, son esenciales para implementar estas estrategias. Estas ayudas no solo contribuirán al logro de los objetivos específicos, sino que también reforzarán el objetivo transversal de modernizar el sector, asegurando un enfoque integrado y sostenible en la evolución de la agricultura y las comunidades rurales.
Prima de la ayuda
- Tipo de ayuda: subvención
La intensidad de la ayuda es del 100% del coste unitario. El límite máximo subvencionable por los servicios de asesoramiento prestados a un usuario es de 1.500 euros.
- Se podrán aplicar el costes simplificado de 66 €/hora de asesoramiento.
- En el caso de la creación de servicios de asesoramiento, se podrán conceder ayudas en forma de un importe fijo de un máximo de 200.000€. Se velará porque las ayudas tengan una duración limitada.
Requisitos de los solicitantes
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas reguladas las entidades públicas y/o privadas, sin ánimo de lucro, prestadoras de los servicios de asesoramiento directamente relacionadas con los sectores agrario, agroalimentario y forestal que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Ser persona jurídica y estar al corriente de las obligaciones fiscales y de las obligaciones con la Seguridad Social.
b) Tener, según sus estatutos o reglas fundacionales, como objeto o finalidad el asesoramiento a explotaciones agrarias.
c) Tener el domicilio social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
d) Disponer de recursos humanos y materiales adecuados para la ejecución de las actividades de asesoramiento. Deberán contar al menos con una oficina accesible y abierta al público en el lugar de prestación del servicio. Cada entidad de asesoramiento deberá acreditar que dispone de personal suficiente para la prestación de los servicios de asesoramiento de acuerdo con lo establecido en el
anexo II de la correspondiente Orden.
e) Dispondrá de los medios materiales necesarios, incluido material informático y telemático, conexión a Internet, al menos una línea de teléfono fija y una de teléfono móvil, al menos, un vehículo disponible por oficina para los desplazamientos a las explotaciones.
f ) Deberán formalizar un contrato con el usuario del servicio de asesoramiento que firmarán el representante de la entidad y el usuario en el que se fijaran las características del servicio a prestar y las obligaciones de ambas partes.
Los prestadores serán escogidos por procedimiento de selección abierto tanto a organismos públicos como privados.
Condiciones de admisibilidad
1. Ser beneficiario o beneficiaria elegible:
- La entidad de asesoramiento, en caso de que no sea la Administración Pública con sus propios recursos, deberá cumplir como mínimo con los siguientes requisitos: forma jurídica, objeto o finalidad que tiene la entidad, disposición de personal, infraestructuras y medios materiales. Además de los requisitos anteriormente señalados, cada Autoridad de Gestión en el apartado correspondiente podrá establecer otros requisitos.
- El asesoramiento debe ser imparcial y los asesores y asesoras que presten estos servicios no deben tener conflicto de intereses. El personal que preste los servicios de asesoramiento deberá cumplir como mínimo con los siguientes requisitos: cualificación y/o experiencia adecuada del asesor o asesora y formación apropiada. Además de los requisitos anteriormente señalados, cada Autoridad de Gestión en el apartado correspondiente podrá establecer otros requisitos.
2. Presentar un programa de actuaciones de asesoramiento y/o un plan para la prestación del servicio, estableciendo algunas de las materias reflejadas en el apartado 4, del artículo 15 del Reglamento PE PAC.
Exclusión en términos de elegibilidad
- Quedan excluidos en términos de elegibilidad aquellos gastos realizados en actividades de asesoramiento o acciones formativas financiados con otros fondos europeos.
- Quedan excluidas las actividades completadas antes de la presentación de la solicitud de subvención (Artículo 86 (4) Reglamento 2021/2115).
Servicio gestor
Servicio de Formación y Transferencia Tecnológica
Teléfono de contacto: 968362743
Contenidos Asociados:
Criterios de selección de operaciones
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