Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027
Intervención 6503.0. Compromisos de gestión agroambientales en agricultura ecológica
Descripción
La ayuda tiene como finalidad compensar a los agricultores por la totalidad o una parte de los costes adicionales y las pérdidas de ingresos derivados de la aplicación de los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión establecidos en la intervención SIGC del PEPAC (2023-2027) “6503 Compromisos de gestión agroambientales en agricultura ecológica”. La intervención pretende mejorar la conservación de la biodiversidad y del medio ambiente, y contribuir a la atenuación del cambio climático.
Objetivos
El objetivo de esta intervención es promover la adopción de metodologías de producción ecológica que garanticen a largo plazo una agricultura y ganadería sostenible, así como la protección de los recursos naturales.
Para ello mediante esta intervención, se concederá un pago por superficie a aquellos beneficiarios que se comprometan a adoptar las prácticas y métodos de producción definidos en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre Producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos, fomentándose el mantenimiento de la producción.
Con esta intervención se da cumplimiento a las siguientes recomendaciones de la Comisión Europea, en particular, contribuirá a los objetivos del Pacto Verde de la UE relativos a:
- Agricultura ecológica, mediante el refuerzo de la tendencia actual al aumento de las superficies dedicadas a la agricultura ecológica por medio de regímenes adecuados de reconversión y mantenimiento y la incentivación de la creciente demanda de productos ecológicos en la cadena alimentaria y la organización de mercados.
- Mitigar el cambio climático y reducir las emisiones de GEI procedentes de la agricultura, apoyando una mejor rotación de cultivos, la captura de carbono en suelos agrarios y la mejora de la gestión del estiércol.
- Pérdidas de nutrientes, emprendiendo las acciones oportunas para reducir el excedente y la lixiviación de nitrógeno y fósforo procedentes de la agricultura, especialmente en las regiones con aguas subterráneas de baja calidad, mediante el fomento de prácticas agrícolas innovadoras y respetuosas del medio ambiente (p. ej., una gestión del estiércol y los fertilizantes más respetuosa con el medio ambiente).
- Biodiversidad, deteniendo e invirtiendo la pérdida de biodiversidad, en particular las especies y hábitats protegidos, las aves de las tierras agrícolas y los polinizadores silvestres, mediante la intensificación de los esfuerzos para mejorar el estado de conservación de los hábitats protegidos de las tierras agrícolas, en consonancia con el marco de acción prioritaria establecido para la financiación de la PAC.
Se deberán adoptar las medidas apropiadas para evitar el deterioro de los hábitats naturales y de los hábitats de especies, así como las alteraciones que repercutan en las especies que hayan motivado la designación de los espacios de la Red Natura 2000.
Prima de la ayuda
El importe de la ayuda compensará a los beneficiarios y beneficiarias, por la totalidad o parte de los costes y pérdidas de ingresos resultantes de los compromisos contraídos. Las primas se calcularán según los costes y pérdidas de ingresos resultantes de los compromisos realizados, de forma general se calculará en función de la producción media convencional, y que diferirá en función del cultivo:
PRIMAS DE MANTENIMIENTO:
- Frutales: 720
- Cítricos: 640
- Herbáceos: 88
- Arroz: 280
- Hortícolas al aire libre: 480
- Viñedo: 400
- Uva de mesa: 720
- Olivar: 360
- Aromáticas de secano: 240
- Aromáticas de regadío: 240
- Frutos secos: 240
Las distintas bases y convocatorias podrán establecer factores de degresividad como por ejemplo los siguientes:
1º. Grupo de cultivos a los que se aplica baja degresividad: Cultivos herbáceos, Aromáticas, y Arroz.
a) Menos < 200 ha: 100 % de la prima unitaria.
b) [200-400) ha : 75 % de la prima unitaria.
c) [400-600) ha : 25 % de la prima unitaria.
d) ≥ 600 ha : 10 % de la prima unitaria.
2º. Grupo de cultivos a los que se aplica media degresividad: Frutos Secos, Olivar y Viña.
a) Menos < 50 ha: 100 % de la prima unitaria.
b) [50-100) ha : 75 % de la prima unitaria.
c) [100-150) ha : 25 % de la prima unitaria.
d) ≥ 150 ha : 10 % de la prima unitaria.
3º. Grupo de cultivos a los que se aplica alta degresividad: Uva de mesa, Frutales, Cítricos y Hortalizas.
a) Menos < 5 ha: 100 % de la prima unitaria.
b) [5-10) ha: 75 % de la prima unitaria.
c) [10-15) ha : 25 % de la prima unitaria.
d) ≥ 15 ha : 10 % de la prima unitaria.
Requisitos de los solicitantes
Los agricultores y/o ganaderos titulares de explotaciones agrarias o grupos de agricultores y/o ganaderos u otros beneficiarios que se comprometan a adoptar o mantener las prácticas y métodos de agricultura ecológica definidos en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre Producción Ecológica y Etiquetado de los productos ecológicos, así como las normas técnicas específicas sobre producción ecológica.
- El beneficiario deberá asumir el compromiso de estar inscrito en un organismo de certificación autorizado por la Comunidad Autónoma.
- Tener la Resolución de concesión de ayudas conforme a la convocatoria de ayudas donde se establezcan los compromisos del solicitante y de la administración o bien un contrato formalizado con la Dirección General gestora en esta materia, en el que constará el número de hectáreas acogidas a los compromisos de gestión de agroambiente y clima, mediante el cual se asuma el cumplimiento de los compromisos voluntarios de gestión que se consideren beneficiosos para alcanzar los objetivos específicos 6.1 d), e) y f).
- Inscripción en los registros oficiales que proceda según tipología (REGA, Registro de operadores de producción integrada, registro vitícola,...).
- Actuar sobre superficie agraria, tal y como se define en el apartado 4.1.b Elementos comunes del Plan.
- Contar con dirección técnica de la explotación que, como mínimo, deberá ser competente para asesorar sobre los compromisos de la intervención.
Convocatorias y plazo de presentación de solicitudes
Conforme al artículo 108 del Real Decreto 1048/2022 el plazo de presentación de la solicitud única para el año 2023 se iniciará el 1 de marzo y finalizará el día
31 de mayo del mencionado año, ambos inclusive. A partir del año 2024 el plazo se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada año.
Servicio gestor
Servicio de Mejora del Entorno Rural
Compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión
- Intervención 6501.4. Apicultura para la biodiversidad
- Intervención 6501.5. Protección de la avifauna
- Intervención 6501.6. Mantenimiento o mejora para hábitats y actividades agrarias tradicionales que preserven la biodiversidad. Medida 1: Paisaje en Red Natura
- Intervención 6501.6. Mantenimiento o mejora para hábitats y actividades agrarias tradicionales que preserven la biodiversidad. Medida 2: Viñedo Viejo
- Intervención 6502.2. Mantenimiento de forestaciones y sistemas agroforestales
- Intervención 6503.0. Compromisos de gestión agroambientales en agricultura ecológica
- Intervención 6505.1. Conservación de recursos genéticos