Unión Europea y Acción Exterior
Información Unión Europea
Gasto Comunitario (Clasificación)
En el presupuesto de la Unión Europea se hace una distinción entre los gastos obligatorios y los gastos no obligatorios.
Gastos obligatorios: son fundamentalmente los gastos agrícolas y los que se derivan directamente de la aplicación de los Tratados. Respecto a ellos el Parlamento sólo puede proponer modificaciones al proyecto de presupuesto decidido por el Consejo, que además tiene la última palabra.
Gastos no obligatorios: son los otros gastos, en particular la educación, los programas sociales, los fondos regionales, la formación, etc. Al respecto, quien decide es el Parlamento, en estrecha colaboración con el Consejo.
Otra clasificación de los gastos es la que los distingue entre gastos de funcionamiento (personal, inmuebles, material, etc.) y gastos operacionales (que corresponden a las políticas comunitarias).