Dentro de tres primeros meses siguientes al cierre de su ejercicio deberán remitir al mismo:
-Memoria de Actividades.
-Balance de Situación y Cuentas de Resultados.
-Certificación de aprobación de las Cuentas Anuales por la Asamblea General.
-Relación de socios existentes en ese momento y su respectiva participación en el capital social.