Seguridad y Salud Laboral
Empresas y Prevención de Riesgos Laborales
Libros de subcontratación
INFORMACIÓN ACTUALIZADA A 31/08/2021 PARA LA HABILITACION DEL LIBRO DE SUBCONTRATACION:
Continúa suspendido el servicio de habilitación de los libros de subcontratación, por problemas técnicos. En la actualidad, solamente se puede hacer la solicitud de dicha habilitación. Recuerde que antes de hacer esta solicitud, la empresa, debe inscribirse en el REA y hacer la Comunicación de apertura de la obra.
A partir del día 31/08/2021 se pone en marcha el formulario de solicitud electrónica de habilitación de los libros de subcontratación, disponible en la SEDE ELECTRONICA DE LA CARM, en la Guía de procedimientos y servicios, Procedimiento de Habilitación de los libros de subcontratación en el Sector de la Construcción (código 2192), en el apartado Presentación solicitudes. Este formulario sustituye a los dos anteriores (formularios Antigua Vía y Nueva Vía).
Mientras se solventan los problemas técnicos y no se publique otra información en esta página web y/o en el citado procedimiento o la Autoridad Laboral de Murcia no contacte con la empresa o no responda a la solicitud, para aquella empresa que lo necesite, se entenderá realizado el trámite de habilitación del libro de subcontratación, una vez presentada la solicitud electrónica y pagada la tasa que va incluida en el propio formulario de dicha solicitud, no debiendo realizar presencialmente el trámite para la habilitación del libro, ante la Autoridad Laboral de Murcia, la Dirección General de Diálogo Social y Bienestar Laboral. El pago de la tasa se realiza con tarjeta de crédito Visa o MasterCard, durante la cumplimentación de la solicitud electrónica (antes de finalizar la misma), a través de una conexión directa con la pasarela de pago de la Agencia Tributaria (en el mismo acto, página y terminal donde se esté realizando la solicitud). Es obligatorio el pago de la tasa para poder finalizar la presentación de la solicitud, quedando reflejado, en el apartado referido a la tasa, que la misma está pagada.
La empresa deberá imprimir y adjuntar la Solicitud electrónica presentada, a un libro nuevo que cumpla las características de edición señaladas en el Anexo III del RD 1109/2007, de 24 de agosto, que desarrolla la Ley de subcontratación. Con esta solicitud electrónica no se emite un cuadro o etiqueta con los “Datos identificativos de la obra” (como ocurría en los formularios anteriores). Dicho documento se emitirá posteriormente, una vez solventados los problemas técnicos y una vez realizada la tramitación oportuna de la solicitud. Sin embargo, dicha circunstancia no supone problema alguno, dado que la propia solicitud contiene estos datos. La empresa contratista puede trasladar manualmente, a la primera página del libro, los “Datos identificativos de la obra” que figuran en la solicitud presentada, entretanto la Autoridad Laboral de Murcia no emita el documento habilitado de la obra para la que se realiza la solicitud, previa subsanación de las deficiencias de la misma, en su caso.
Asimismo, la empresa contratista debe firmar, sellar y cumplimentar la cabecera de la totalidad de las hojas del libro de subcontratación, llevarlo a la correspondiente obra y anotar la contratación y subcontratación, a efectos de poder iniciar la ejecución de la obra.
Por último, se informa que los libros entendidos como habilitados mediante las solicitudes realizadas durante el periodo comprendido entre el 11/12/2020 y el 31/08/2021 con el Formulario de Solicitud de Habilitación del Libro de Subcontratación (obtención impreso tasa por cumplimentación asistida), siguen siendo válidos, mientras no se solventan los problemas técnicos y no se publique otra información en esta página web y/o en el procedimiento 2192 o la Autoridad Laboral de Murcia no contacte con la empresa o no responda a la solicitud, estando pendiente, por tanto, su regularización.
Empresas
- Aperturas de Centros de Trabajo
- Convenios Colectivos de Trabajo
- Calendario Laboral
- Empresas de Trabajo Temporal (ETTs)
- Libros de subcontratación
- Procedimiento de despido colectivo, suspensión de contratos y reducción de jornada (Anterior Expediente de Regulación de Empleo)
- Registro Regional de Sanciones en el Orden Social
- Registro de Empresas Acreditadas (REA)
- Comunicación de desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional
- Coronavirus (COVID 19) en empresas
- Solicitud de resolución de discrepancias sobre la inaplicación de condiciones pactadas en convenios colectivos (CARLA)